El fenómeno de la okupación ha generado un gran debate social y político en los últimos años. Entre titulares alarmantes, mensajes en redes sociales y casos extremos, es fácil caer en el error y no saber exactamente qué dice la ley española sobre este tema.
¿Es cierto que los okupas tienen más derechos que los propietarios? ¿Se puede entrar en una casa y quedarse con solo empadronarse?
Hoy desmontamos los mitos más comunes y explicamos las realidades legales que sí están en vigor.
MITO 1: «Si alguien se empadrona en tu casa, ya no puedes echarlo»
❌ Falso.
El empadronamiento no otorga ningún derecho de propiedad ni de uso. Es simplemente un registro administrativo, no una prueba de legalidad.
- Un okupa puede estar empadronado, pero si no tiene un contrato o título legal, el propietario puede reclamar la vivienda por vía judicial.
MITO 2: «Los okupas tienen más derechos que los propietarios»
❌ Falso.
El propietario siempre conserva el derecho de posesión sobre su vivienda. El problema no está en la falta de derechos, sino en la lentitud de los procesos judiciales en algunos casos.
- La ley protege la propiedad privada, pero exige que el desalojo se realice con garantías legales.
MITO 3: «Si no los echas en 48 horas, ya no puedes hacer nada»
❌ Falso.
Las 48 horas son clave para que la Policía pueda desalojar sin orden judicial en caso de delito flagrante.
- Pasado ese plazo, sí puedes echarlos, pero por vía judicial: desahucio por precario o querella por usurpación. El proceso será más largo, pero sigue siendo totalmente legal.
MITO 4: «Si la casa está vacía, los okupas pueden quedarse legalmente»
❌ Falso.
La ocupación de una vivienda sin permiso siempre es ilegal, independientemente de si la vivienda está habitada o no.
La diferencia está en si es primera o segunda residencia:
- Si es vivienda habitual: se considera allanamiento de morada (delito grave).
- Si es segunda residencia o vacía: se trata de usurpación (también delito, pero con otro tratamiento).
MITO 5: «Cambiar la cerradura o cortar la luz es legal si es mi casa»
❌ Falso.
Aunque sea tu vivienda, no puedes tomarte la justicia por tu mano.
Cambiar la cerradura, cortar suministros o entrar por la fuerza puede considerarse delito de coacciones o allanamiento, lo cual puede traerte problemas legales.
- Siempre debes acudir al juzgado con pruebas y seguir el procedimiento legal.
Realidades legales que sí debes conocer
- ✅ El propietario tiene derecho a recuperar su vivienda por vía judicial.
- ✅ La okupación puede denunciarse como usurpación (art. 245 Código Penal) o allanamiento si hay morada.
- ✅ Hay procesos judiciales específicos para el desahucio exprés (Ley 5/2018).
- ✅ Puedes solicitar medidas cautelares si hay urgencia para recuperar tu vivienda.
- ✅ Existen seguros y servicios de protección legal específicos para propietarios.
En resumen
La ley no ampara a los okupas, pero exige que el desalojo se realice mediante procedimientos legales, con garantías tanto para los propietarios como para evitar abusos.
Muchos de los mitos nacen de la frustración legítima ante lo que parece una justicia lenta. Pero con asesoramiento jurídico y pasos bien dados, sí se puede recuperar la propiedad.
Desde nuestra inmobiliaria, te ayudamos a prevenir situaciones de okupación y, si ya te enfrentas a una, te asesoramos con profesionales legales especializados.
Porque los derechos de los propietarios también cuentan.